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Decidirá corte sobre acuerdo firmado en 2015

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidirá si fue Constitucional el acuerdo firmado en 2015 entre México y Estados Unidos, por el que nuestro país aceptó limitar las exportaciones de azúcar a ese país, a cambio de frenar una investigación por supuestas prácticas desleales de comercio de los productores nacionales.

La Segunda Sala de la Corte reasumió el 24 de mayo su competencia para revisar el amparo promovido por la empresa Sucroliq, que alega que el Acuerdo de la Secretaría de Economía por el que se sujeta a permiso previo la exportación de azúcar, violan la Constitución y el Tratado de Libre Comercio de América del Norte.

Sucroliq intentó exportar azúcar líquida pero no le fue permitido, ya que el Acuerdo de la SE solo contempla cupos que están asignados exclusivamente a los ingenios azucareros, y que se calculan con base en las necesidades de Estados Unidos mediante una fórmula incluida en el Acuerdo paralelo para suspender su investigación antidumping.

En estos días, México y Estados Unidos están por terminar una nueva negociación sobre el tema, y los productores de ese país están presionando a su Gobierno para que imponga aranceles al azúcar mexicano.

"La naturaleza intrínseca del caso permite que revista un interés superlativo reflejado en la gravedad del tema", afirmó el Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, que fue el que pidió a la Corte asumir la revisión del amparo de Sucroliq.

"El caso reviste un carácter trascendente reflejado en lo excepcional de la fijación de un criterio pues se determinaría si la asignación de cupos de exportación a determinado sector de la producción, como los ingenios azucareros, derivado de la firma de acuerdos con un país extranjero, como Estados Unidos, transgrede el derecho de igualdad, no discriminación, libre competencia y concurrencia de mercado", agregó el tribunal.

Otros temas que la Corte revisaría es si es válido que por el diferendo con un solo país se tenga que sujetar a permiso previo la exportación de azúcar en todas sus presentaciones a todo el mundo, y si el Acuerdo, que emitió el titular de la SE Ildefonso Guajardo, viola el principio de subordinación jerárquica al ser contrario a normas de rango superior.

Inicialmente, un juez de Distrito había desechado el amparo de Sucroliq por falta de interés jurídico, pero el tribunal colegiado resolvió que la empresa sí está legitimada para impugnar el Acuerdo, pues acreditó que produce y vende azúcar líquida, y que la SE le informó que no le podía asignar cupos para exportar.